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NUEVOS TIPOS IMPOSITIVOS DE IVA
La Ley 26/2009 de los Presupuestos Generales del
Estado para el año 2010 estableció, con efectos desde el 01 de julio 2010, la
elevación del tipo impositivo general del I.V.A. del 16 al 18% y del gravamen
reducido del 7 al 8%. El RDL 20/2012 de 13 de julio aprobó una nueva
elevación de los tipos impositivos con efecto a partir del 1 de septiembre de
2012, pasando el tipo general del 18% al 21% y el tipo reducido del 8% al 10%.
También se incrementó el tipo general del recargo de equivalencia, pasando del
4% al 5,2% y el tipo reducido pasando del 0,5% al 1,40%. A continuación exponemos la repercusión que tiene dicha
modificación en los productos Anisoft, y como puede ir incorporando los cambios
que se vayan produciendo en los tipos impositivos del IVA y RE.
AniConta
Seleccione la opción Impuestos...Impuestos por
defecto. Modifique el Porcentaje de IVA por defecto, cambiando el porcentaje
viejo por el nuevo.

AniFiscal.
Seleccionando General...Impuestos podemos modificar los
tipos impositivos. No es necesario hacerlo, puesto que Anifiscal no utiliza
actualmente este módulo, pero sí conveniente por si en el futuro se utiliza.

AniFactu.
Seleccione la opción Tablas...Impuestos. Modifique los tipos
impositivos introduciendo los nuevos porcentajes de IVA y RE. Recuerde que si necesita modificar facturas
con fecha de emisión anterior al cambio debe modificar antes los tipos
impositivos para volver a establecer los tipos que había en el momento de emitir
la factura.

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